Librodot La filosofía en el tocador Marqués de Sade
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emanado de mí? Pues bien, va a gozar de esa parte en virtud de esa misma razón de
alianza íntima. Es porque ese hijo me pertenece por lo que le debo una porción de mis
riquezas.
¿Qué reproche tenéis que hacerme, si él también las disfruta? - Pero engañáis a vues-
tro marido; esa falsedad es atroz. - No, se trata de una devolución, eso es todo; he sido
la primera víctima de unos lazos que él me ha forzado a tomar: y me vengo de ello,
¿hay algo más simple? - Pero se trata de un ultraje real hecho al honor de vuestro mari-
do. - ¡Prejuicios! Mi libertinaje no afecta a mi marido para nada; mis faltas son perso-
nales. Ese pretendido deshonor estaba bien hacía un siglo; hoy ya estamos de vuelta de
esa quimera y mi marido no queda más mancillado por mis desenfrenos de lo que yo
podría estarlo por los suyos.
¡Yo joderé con toda la tierra sin hacerle siquiera un rasguño! Esa pretendida lesión no
es, por tanto, más que una fábula, de existencia imposible. Una de dos: o mi marido es
brutal y celoso, o es un hombre delicado; en la primera hipótesis, lo mejor que puedo
hacer es vengarme de su conducta; en la segunda, no podría afligirlo; dado que me gus-
tan los placeres, se sentirá feliz por ello si es honesto; no hay ningún hombre delicado
que no goce con el espectáculo de la felicidad de la persona que adora. - Pero si le
amáis, ¿os gustaría que hiciera otro tanto? - ¡Ay, desgraciada de la mujer a la que se le
ocurra estar celosa de su marido! Que se contente con lo que la da, si le ama; pero que
no trate de contradecirle; no sólo no lo conseguiría, sino que se haría detestar ensegui-
da. Si soy razonable, nunca me afligiré por tanto de los desenfrenos de mi marido. ¡Que
haga él lo mismo conmigo, y la paz reinará en el hogar!
Resumamos: Sean cuales fueren los efectos del adulterio, aunque sea introducir en el
hogar hijos que no pertenecen al esposo, desde el momento en que son de la mujer tie-
nen derechos seguros a una parte de la dote de esa mujer; el marido, si lo sabe, debe
mirarlos como a hijos que su mujer hubiera tenido de un primer matrimonio; si no sabe
nada, no podrá ser desgraciado, porque es imposible serlo por un mal que se ignora; si
el adulterio no tiene secuelas, y si es desconocido por el marido, ningún jurisconsulto
podría probar, en ese caso, que pueda ser un crimen; desde ese momento el adulterio no
es más que una acción completamente indiferente para el marido, que no la conoce, y
perfectamente buena para la mujer, a la que deleita; si el marido descubre el adulterio,
entonces no es el adulterio lo que es un mal, porque no lo era hacía un momento, y él
no puede cambiar de naturaleza; lo único que hay es el descubrimiento que de él ha
hecho el marido; ahora bien, este error sólo a él pertenece: no podría afectar a la mujer.
Quienes antaño castigaron el adulterio eran, por tanto, verdugos, tiranos, celosos que,
remitiendo todo a sí mismos, imaginaban injustamente que bastaba con ofenderlos para
ser criminal, como si una injuria personal debiera considerarse alguna vez un crimen, y
como si en justicia pudiera llamarse crimen a una acción que, lejos de ultrajar a la
naturaleza y a la sociedad, sirve evidentemente a la una y a la otra. Hay, sin embargo,
casos en que el adulterio, fácil de probar, se vuelve más embarazoso para la mujer, sin
ser por ello más criminal; es, por ejemplo, el del esposo que se encuentra en la
impotencia o sometido a gustos contrarios a la procreación. Como ella goza mientras su
marido no goza nunca, tales excesos se tornan indudablemente más ostensibles
entonces; pero ¿debe molestarse ella por esto? Indudablemente, no. La única pre-
caución que debe usar es no hacer hijos, o abortar si tales precauciones le fallan. Si son
gustos antifísicos los que la obligan a compensarse por las negligencias de su marido,
ante todo tiene que satisfacerle sin repugnancia en sus gustos, sean de la naturaleza que