TRATADO DE LA REFORMA DEL ENTENDIMIENTO
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bertad de constreñirnos, o nuestra alma posee la li-
bertad de constreñirse, o mejor, de constreñir su
propia libertad; pues luego que ella ha forjado la idea
de una cosa y le ha dado su asentimiento, no puede
pensar de otra manera esa cosa o forjar de ella otra
idea, y esta ficción hasta la constriñe a tener de otras
cosas
•
ideas que no contradigan esa ficción: así tam-
bién nos vemos contreñidos por aquella ficción, a
admitir los absurdos que he indicado, y a los cuales
no nos preocuparemos de oponer demostraciones.
Dejamos a tales adversarios en su delirio y nos con-
traemos a deducir de ese cambio de palabras alguna
verdad útil para nuestro objeto, a saber
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: el espíritu
•
Siguiendo lo indicado en nota en la edición de van VIoten y
Land, aquí he completado el texto con la adición de la pala-
bra alia.—Nota de Appuhn.
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Parece que sacara mi conclusión de una experiencia, y aca-
so se me dirá que nada he probado porque la demostración
falta; si se la quiere, hela aquí: nada en la naturaleza puede
estar en oposición con sus leyes, y todo acaece conforme a
sus leyes determinadas, para producir, según leyes determina-
das, efectos determinados en un encadenamiento inquebran-
table; dedúcese de aquí que el alma, cuando concibe
verdaderamente una cosa, debe desarrollar objetivamente sus
efectos. Véase más adelante el pasaje relativo a la idea falsa.
Siguiendo la indicación dada por Leopold, según la traducción holandesa
de 1677, sitúo aquí la nota que en la edición van VIoten y Land se
refiere a la palabra demostraciones, unas tres líneas antes.—Nota de
Appuhn.