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Comentario
POR MIGUEL DE CERVANTES SAAVEDRA
TASA
Yo, Jerónimo Núñez de León, escribano de Cámara del rey nuestro señor, de los que
en su Consejo residen, doy fee que, habiéndose visto por los señores dél un libro
intitulado
Historia de los trabajos de Persiles y Sigismunda
, compuesto por Miguel de
Cervantes Saavedra, que con licencia de los dichos señores fue impreso, tasaron cada
pliego de los del dicho libro a cuatro maravedís, y parece tener cincuenta y ocho pliegos,
que al dicho respeto son docientos y treinta y dos maravedís, y a este precio mandaron se
vendiese, y no a más, y que esta tasa se ponga al principio de cada libro de los que se
imprimieren. E, para que de ello conste, de mandamiento de los dichos señores del
Consejo, y de pedimiento de la parte del dicho Miguel de Cervantes, doy esta fee. En
Madrid, a veinte y tres de deciembre de mil y seiscientos y diez y seis años.
Gerónimo Núñez de León.
Tiene cincuenta y ocho pliegos, que, a cuatro maravedís, monta seis reales y veinte y
ocho maravedís.
FEE DE ERRATAS
Este libro intitulado
Historia de los Trabajos de Persiles y Sigismunda
, corresponde
con su original. Dada en Madrid, a quince días del mes de diciembre de mil y seiscientos
y diez y seis años.
El licenciado Murcia de la Llana.
EL REY
Por cuanto por parte de vos, doña Catalina de Salazar, viuda de Miguel de Cervantes
Saavedra, nos fue fecha relación que el dicho Miguel de Cervantes había dejado
compuesto un libro intitulado
Los trabajos de Persiles
, en que había puesto mucho
estudio y trabajo, y nos suplicastes os mandásemos dar licencia para le poder imprimir, y
privilegio por veinte años, o como la nuestra merced fuese, lo cual visto por los del
nuestro Consejo, y como por su mandado se hicieron las diligencias que la premática por
nos últimamente fecha sobre la impresión de los libros dispone, fue acordado que
debíamos mandar dar esta nuestra cédula para vos en la dicha razón, y nos tuvímoslo por
bien. Por lo cual os damos licencia y facultad para que por tiempo de diez años, primeros
siguientes que corran y se cuenten desde el día de la fecha della, vos o la persona que
vuestro poder hubiere, y no otro alguno, podáis imprimir y vender el dicho libro, que
desuso se hace mención, por el original que en el nuestro Consejo se vio, que va
rubricado y firmado al fin de Gerónimo Núñez de León, nuestro escribano de Cámara
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| Autor : De Cervantes Miguel |
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